FAQs SICUE

  • SICUE es un programa de movilidad nacional que permite que un estudiante universitario realice parte de sus estudios de grado en una universidad española distinta a la suya, con garantías de reconocimiento académico, aprovechamiento y adecuación a su perfil curricular. El Programa SICUE es un sistema de intercambio, no una beca. Solía estar apoyado por las becas SENECA del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, pero desde el curso 2013-2014 no han sido convocadas por el Ministerio.

  • El plazo para que los estudiantes puedan presentar su solicitud correspondiente al curso 2019-2020 comienza el 13 de febrero y finaliza el 13 de marzo de 2019.

  • Las solicitudes se realizan online, a través del acceso identificado de la web de la Universidad de Granada (https://oficinavirtual.ugr.es/ai/, aplicación Solicitud online SICUE.)

  • No, el proceso de solicitud finaliza una vez que se ha rellenado la pestaña de datos personales y académicos y la pestaña solicitud de destinos. Al terminar el proceso telemático es se puede IMPRIMIR el documento generado como justificante de su presentación.

  • Tener cursados y superados en la Universidad de Granada, a 30 de septiembre de 2018, un mínimo de 45 créditos, estar matriculado de al menos 30 créditos en el curso 2018-2019 y tener abonados el total de precios públicos que corresponda a la matrícula formalizada.

    Los estudiantes no deben estar en condiciones de terminar sus estudios en el curso 2018-2019.

    Los estudiantes procedentes de traslado deberán tener cursados y superados los 45 créditos en la Universidad de Granada.

    Todos los estudiantes deberán tener una dirección de correo electrónico dentro del dominio de la UGR (xxx@correo.ugr.es)

  • La duración de la estancia en la universidad de destino tendrá una duración mínima de medio curso y máxima de curso completo, debiéndose cumplir, en cada caso, los siguientes requisitos:

    • Un curso completo: para cursar un mínimo de 45 créditos.
    • Medio curso: para cursar un mínimo de 24 créditos.

    En aquellos supuestos en que al estudiante le resten para finalizar sus estudios menos créditos que el mínimo exigido en cada tipo de estancia, podrá optar al intercambio si cumple el resto de requisitos.

    En el caso de los alumnos con grado de discapacidad igual o superior al 65 %, se establece una menor carga lectiva:

    • Un curso completo: para cursar un mínimo de 24 créditos
    • Medio curso: para cursar un mínimo de 12 créditos

    En estos casos, la Universidad de Granada y la universidad de destino procurarán informar, coordinar y realizar el seguimiento más adecuado, a través de las personas responsables de movilidad y unidades de apoyo de alumnado con discapacidad, para el mejor desarrollo de los intercambios de estudiantes con discapacidad. El Servicio de Asistencia Estudiantil cuenta con un Gabinete de Atención Social, para más información: https://ve.ugr.es/servicios/asistencia-estudiantil/atencion-social

  • En la página web del Servicio de Asistencia Estudiantil (https://ve.ugr.es/servicios/asistencia-estudiantil/movilidad-nacional-sicue) se pueden consultar tanto los destinos como la Convocatoria SICUE en vigor.

  • Siempre que el coordinador académico lo autorice, se podrá incluir en el acuerdo académico, asignaturas calificadas como suspensas con anterioridad.

    En caso de que el alumno desee incluir en el intercambio SICUE materias que no se encuentra en la titulación objeto del acuerdo académico, podrá cursarlas en titulaciones afines con las que no haya acuerdo, previa autorización de todos los coordinadores de la universidad de destino implicados, así como el coordinador académico de origen.

    Se podrán cursar optativas del plan de estudios de la universidad de destino, no incluidas en el plan de estudios de la universidad de origen, incorporándolas posteriormente al expediente del alumno en la universidad de origen como optativas.

  • , es posible. Los créditos correspondientes podrán contabilizar entre los mínimos establecidos como requisitos de la Convocatoria SICUE.

  • La selección de los candidatos será realizada por una Comisión ad hoc presidida por el Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad. Para la valoración, se tendrá en cuenta la nota media del expediente con las calificaciones obtenidas hasta 30 de septiembre de 2018.

  • En la web del Servicio de Asistencia Estudiantil (https://ve.ugr.es/servicios/asistenciaestudiantil/movilidad-nacional-sicue).

  • A efectos de notificaciones y comunicaciones vía email solo se utilizará la dirección de correo electrónico que se facilita a los estudiantes dentro del dominio de la UGR (xxx@correo.ugr.es). Será esta dirección la que se ceda a las Universidades de destino.

    El uso de esta dirección será obligatorio antes, durante y después de la estancia, hasta la conclusión definitiva.

  • En caso de denegación de la solicitud, el interesado podrá reclamar ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la resolución, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

    • Que se hubiera incurrido en error a causa de interpretación equivocada de los documentos aportados o de la valoración de su expediente académico.
    • Que aparezca o se aporten nuevos documentos de valor esencial para la resolución.
    • Que en la resolución hayan influido documentos de dudosa validez.
    • Otras circunstancias debidamente justificadas.

    Las reclamaciones irán dirigidas al “Servicio de Asistencia Estudiantil.- Programa de Movilidad SICUE” y se presentarán a través de Registro General de la UGR, de cualquiera de sus Registros Auxiliares, o a través del Registro electrónico de la UGR (https://sede.ugr.es/procedimientos/registro_electronico.html)

  • El procedimiento de adjudicación consta de cuatro fases:

    • Adjudicación Provisional. Esta fase no genera ningún derecho sobre las plazas y no tendrá validez a efectos de adjudicación, únicamente sirve para informar sobre el cumplimiento de los requisitos y valoración de los méritos aportados para cada destino.
    • Primera Adjudicación: Una vez publicada (tras la adjudicación provisional y pasado el plazo de reclamaciones), el alumnado dispondrá de un plazo de cuatro días hábiles para llevar a cabo las siguientes acciones:
      • Aceptar el destino adjudicado.
      • Reservar el destino adjudicado y esperar mejora en la segunda adjudicación.
      • Renunciar al destino adjudicado y esperar mejora en la segunda adjudicación.
      • Renunciar al destino adjudicado y salir del sistema de intercambio SICUE.

    En el caso de que el interesado no ejerza ninguna de las opciones anteriores, se interpretará como renuncia y conllevará la exclusión del sistema.

    • Segunda Adjudicación: Una vez publicada, el alumnado dispondrá de un plazo de cuatro días hábiles para llevar a cabo las siguientes acciones:
      • Aceptar el destino asignado.
      • Renunciar al destino asignado y salir del sistema de intercambio SICUE.

    A partir de este momento, el resto de candidatos que NO HAYAN OBTENIDO NINGÚN DESTINO pasarán a formar parte de las listas de suplentes. En caso de que se produjesen renuncias antes del 1 de julio, estas serán ofrecidas a los candidatos de dichas listas, ordenadas por riguroso orden de puntuación.

    • Vacantes: Una vez finalizado el procedimiento ordinario de adjudicación se publicará un listado de plazas que hayan quedado vacantes. Cualquier estudiante interesado, que cumpla los requisitos de participación y que no haya obtenido destino en el procedimiento ordinario, podrá optar a dichas plazas vacantes.

    Para solicitar dichas plazas deberán personarse en el Servicio de Asistencia Estudiantil para la adjudicación y aceptación formal de la plaza.

  • Una vez concedida la plaza de movilidad SICUE, el estudiante tendrá que cumplimentar el Impreso C (Acuerdo Académico) antes del 15 de septiembre de 2019, en el caso de que el acuerdo de movilidad sea del primer cuatrimestre o de curso completo, y antes del 31 de octubre en el caso de movilidad en el segundo cuatrimestre. En él vendrá recogida la equivalencia entre las asignaturas matriculadas en la universidad de Granada y las asignaturas a cursar en la universidad de destino. El acuerdo académico es un documento aceptado y consensuado por las tres partes implicadas (alumno, centro de origen y centro de destino), tendrá carácter oficial de contrato vinculante para los firmantes y sólo podrá ser modificado en el plazo de un mes a partir de la incorporación del estudiante al centro de destino.

    • Descargar el modelo de la siguiente dirección: https://ve.ugr.es/servicios/asistencia-estudiantil/movilidad-nacional-sicue
    • Presentar al Coordinador/a del Programa SICUE de su Centro, una propuesta de Acuerdo.
    • Aunque el plazo para su tramitación es hasta el 15 de septiembre, se recomienda que antes del 15 de julio se remita al Coordinador/a de destino la propuesta de Acuerdo Académico, con las firmas del interesado, Coordinador/a y Decano/a o Director/a y el sello del Centro.
  • La matrícula se realizará a través del sistema de “Automatrícula” en el plazo habilitado al efecto para alumnado de intercambio (consultar el plazo en la Resolución del Rectorado por la que se dicten las normas para la formalización de la matrícula correspondiente al curso 2019/2020).

    A todos los efectos el alumnado de intercambio sigue siendo estudiante de la Universidad de Granada y debe abonar las tasas de matrícula exclusivamente en la Universidad de Granada.

    Durante la estancia en la Universidad de destino, los estudiantes de intercambio tendrán los mismos derechos y obligaciones que los estudiantes de dicha Universidad.

    • Presentación ante el Coordinador/a SICUE de la Universidad de destino, (normalmente en el Centro de destino) para recoger el Acuerdo Académico una vez firmado por el Coordinador/Decano de la Universidad de destino.
    • Distribuir el Acuerdo Académico de la siguiente forma:
      • Una copia para el interesado.
      • Una copia para la Universidad de Destino.
      • Una copia para el Coordinador del Programa SICUE del Centro de la UGR.
    • Efectuar la matrícula de las asignaturas contenidas en el Acuerdo Académico en la Universidad de destino (pago 0 euros). El pago de la matrícula se realizó en la de origen (Universidad de Granada).
    • Presentación en la Universidad de destino de una fotocopia del resguardo de matrícula y de la carta de pago en la UGR (caso de que sea requerido).
    • Remitir antes del 31 de octubre el CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN, debidamente firmado y sellado por la Universidad de destino. Deberá remitirse al Servicio de Asistencia Estudiantil por correo postal (Servicio de Asistencia Estudiantil. Programa SICUE. Edificio Comedores Universitarios. 18071 Granada) o escaneado en formato .pdf a la siguiente dirección: “sicue@ugr.es”.

    La remisión de dicho certificado es un requisito esencial e imprescindible. El alumno/a dispone de todo el mes de octubre para remitir dicho impreso. En el caso de que transcurra el mencionado plazo sin que lo haya entregado, SERÁ DADO DE BAJA COMO ALUMNO SICUE POR LA UGR al considerar, que no se ha incorporado a la Universidad de Destino.

  • Sí. En el caso de que no desee participar en el Programa, debe renunciar a su plaza cuanto antes, con el fin de poder ofertar esa plaza a otro estudiante, y en último término en el plazo establecido en la Convocatoria, presentando el impreso de renuncia en cualquier registro de la Universidad de Granada y dirigido al Servicio de Asistencia Estudiantil. Programa SICUE. En impreso se puede descargar en el siguiente enlace: https://ve.ugr.es/servicios/asistencia-estudiantil/movilidad-nacional-sicue 

    Si no se incorpora al destino y no presenta la renuncia ANTES DEL 1 DE NOVIEMBRE quedará excluido de la posibilidad de participar en el Programa SICUE durante un curso académico.

  • El estudiante, al firmar el Acuerdo Académico (Impreso C) con el coordinador/a de su Centro, indicará las asignaturas que desea realizar en la universidad de destino y las equivalentes que serán reconocidas en la universidad de origen.

    Al finalizar la estancia, la Universidad de destino enviará las notas y se hará el reconocimiento de créditos teniendo en cuenta ese Contrato Académico.

  • Un mismo beneficiario no podrá obtener más de un intercambio SICUE en la misma Universidad de destino, ni más de uno en el mismo curso académico, pero sí puede solicitar dos años consecutivos una plaza SICUE a un destino diferente.

  • .

  • , siempre y cuando el disfrute del intercambio no coincida con dicha movilidad.